Estimado lector,
Esta entrada ya no es válida porque es una mentira. Resulta que han cambiado la ley. Aquí explico un poco el proceso:
La nueva ley de propiedad intelectual (Código Ingenios), contraria a su texto inicial, ha limitado el derecho a la sátira y una vez más ha impuesto dos condiciones. Una, asegurar que la obra no se use para fines de explotación y dos, que no se atente contra la honra del autor. Es decir que uno no puede apelar a un uso justo.
Esta modificación aparentemente se realizó entre el primer y segundo debate en la Asamblea Nacional y representa un retroceso respecto a la ley anterior, la cual no especificaba que la obra no podía constituir en ningún caso una forma de explotación.
Ley 1998
Art. 83. Siempre que respeten los usos honrados y no atenten a la normal explotación de la obra, ni causen perjuicios al titular de los derechos, son lícitos, exclusivamente, los siguientes actos, los cuales no requieren la autorización del titular de los derechos ni están sujetos a remuneración alguna:
La parodia de una obra divulgada, mientras no implique el riesgo de confusión con ésta, ni ocasione daño a la obra o a la reputación del autor, o del artista intérprete o ejecutante, según el caso; y,
Propuesta original código ingenios
Artículo 197.- Actos que no requieren autorización para su uso.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, y de conformidad con los principios de este Código, los siguientes actos no requieren la autorización del titular de los derechos ni están sujetos a remuneración alguna:
13. La sátira, pastiche o parodia de una obra divulgada, siempre que se ajuste a las reglas de estos géneros;
Motivo:
El problema con esta redacción es que la sátira y la parodia frecuentemente se utilizan para criticar a una obra o a un autor, como parte del ejercicio de la libertad de expresión. Con la redacción actual, la crítica o la ironía podrían ser entendidas como un daño a la obra o al autor, impidiendo en los hechos la mayoría de las parodias y sátiras.
Esta aportación que yo cito textualmente fue realizada por el usuario JorgeMet en la wiki del Código Ingenios, y el cambio fue aprobado inicialmente por la SENESCYT. La Asamblea Nacional decidió modificar este texto.
Texto final aprobado en Código Ingenios
Como se puede ver, respecto a la ley de propiedad intelectual de 1998 no sólo que no hay avance sino que hay un retroceso, ya que no se permite la explotación de la obra.¿Por qué esto es un problema? Imaginen a John Oliver pidiendo permiso para usar la información de cada persona de la que se burla. En el siguiente clip de tres minutos, el comediante necesitaría contar con al menos cuatro autorizaciones. Primero, necesitaría contar con la autorización de la CIA porque uno puede argumentar que el video va en contra de su reputación. Luego, necesitaría autorización de las tres agencias noticiosas que han cubierto diferentes eventos y en ningún caso, podría esto salir al aire ya que John Oliver usa su programa para ganar dinero y eso constituiría una «explotación encubierta de la obra». O sea, está haciendo dinero.
El texto original de mi artículo (abajo), queda para el archivo.
Después de los resultados electorales de Colombia Brexit, la elección de Trump y tras la muerte de Gonzalo Vega, David Bowie, Juan Gabriel y Mohammed Alí; quizá la única buena noticia de 2016 era que Crudo Ecuador empezó a publicar nuevamente en sus páginas de Facebook y Twitter.
Pero no pasó ni una semana y El Telégrafo, cuyo editor en jefe protagoniza un escándalo público que no discutiré por ahora, ya publicó un artículo tratando de usar el derecho de autor como pretexto para censurar contenidos.
El portal opositor Crudo Ecuador ha publicado un video en el que, sin permiso alguno y violentando los derechos de autor, usa el logotipo oficial de EL TELÉGRAFO. En la pieza audiovisual, además, se colocan insultos como si fueran titulares del diario público.
Y claro, lo hace siguiendo esa noble tradición de censura en Internet que ha caracterizado a este régimen y que es, en parte, Ecuador haya caído 4 puntos en el reporte sobre libertad de la red en este último año.
Pero sucede que, oh sorpresa, Ecuador tiene una nueva ley de propiedad intelectual. El Código Ingenios, aprobada en octubre de este año, tiene muchas más flexibilidades que su versión anterior y estipula en su artículo 197 (numeral 13) que «La sátira, pastiche o parodia de una obra divulgada, siempre que se ajuste a las reglas de estos géneros (…) no requiere la autorización del titular de los derechos ni están sujetos a remuneración alguna.»
Antes la ley permitía la parodia «mientras no (…) ocasione daño a la obra o a la reputación del autor, o del artista intérprete o ejecutante, según el caso” , pero eso ya no aparece en la nueva ley (se eliminó deliberadamente tras las aportaciones del público en el proceso de wikilegislación que implementó la SENESCYT), así que queda por ver qué pirueta legal se inventa el diario público para seguir amenazando a Crudo Ecuador.